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Mostrando entradas de junio, 2018

UNIVERSALISMO VS COMUNITARISMO

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UNIVERSALISMO VS COMUNITARISMO UNIVERSALISMO: El universalismo es la doctrina filosófica que afirma la existencia de ciertos principios que son universalmente indiscutibles, por ser verdaderos, y que por lo tanto deben ser admitidos por todas las personas y grupos culturales como guía para sus conductas y para distinguir las acciones buenas de las malas. A nivel teológico, cada religión intenta que sus creencias sean reconocidas como las únicas verdaderas. Políticamente, se trata de Estados que pretenden extender y concentrar su poder, a través de políticas imperialistas. https://deconceptos.com/ciencias-sociales/universalismo COMUNITARISMO: Desde el punto de vista del pensamiento comunitario se reflexiona sobre las normas esenciales que deben regir el bienestar de la comunidad en la que viven las personas. La relación entre la individualidad y el grupo es constante por lo que no solo es esencial reflexionar sobre los intereses individuales sino tambi

DERECHO FORMAL, DERECHO CONSUETUDINARIO

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DERECHO FORMAL, DERECHO CONSUETUDINARIO DERECHO FORMAL: El derecho formal, es aquel que se encuentra consagrado en toda una serie de legislaciones que se encuentras vigentes y positivizadas para su cumplimiento, es decir que el derecho formal es aquel que se encuentra en las leyes, códigos y demás disposiciones jurídicas materiales que regulan la conducta del hombre en la sociedad y que pueden sancionarlo si comete alguna irregularidad (delito) ya que cuentan con diferentes procedimientos establecidos  e n los actos o hechos pasados de los que deriva la creación, modificación o extinción de  normas jurídicas . DERECHO CONSUETUDINARIO: también llamado   usos o costumbres , es una   fuente del Derecho. Son   normas jurídicas   que no están establecidas en ninguna ley pero se cumple porque en el tiempo se ha hecho costumbre cumplirla; es decir, en el tiempo se ha hecho uso de esta costumbre que se desprende de hechos que se han producido repetidamente, en e

DERECHOS COLECTIVOS DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS

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DERECHOS COLECTIVOS DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS A diferencia de los derechos individuales que tienen como sujeto a una persona o individuo, los derechos colectivos corresponden a un grupo social. Lo que se busca proteger con la Consulta Previa, de acuerdo al  Convenio 169  y la legislación peruana, son los derechos colectivos de los pueblos indígenas. En este sentido, el sujeto a la consulta previa es un conjunto de individuos caracterizado por pertenecer a un pueblo indígena u originario. Los derechos colectivos de los pueblos indígenas reconocidos por la Constitución Política del Perú, el  Convenio 169 , entre otros tratados internacionales incluyen: 1) El derecho a la identidad cultural. 2) El derecho a la participación de los pueblos indígenas. 3) El derecho a la consulta. 4) El derecho a elegir sus prioridades de desarrollo. 5) El derecho a conservar sus costumbres, siempre que éstas no sean incompatibles con los derechos fundamentales reconocidos internacionalme

DERECHOS INDIVIDUALES

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DERECHOS INDIVIDUALES Derechos individuales es un concepto perteneciente al  derecho constitucional , nacido de la concepción  liberal  que surgió de la  Ilustración , que hace referencia a aquellos derechos de los que gozan los individuos como particulares y que no pueden ser restringidos por los  gobernantes , siendo por tanto inalienables, inmanentes e imprescriptibles. En la clasificación de los derechos humanos en  tres generaciones , estos derechos aparecen repartidos entre los de primera y los de segunda generación. DERECHOS Son los derechos que todos tenemos, por el solo hecho de ser persona. Estos deben ser reconocidos en cualquier parte del mundo a todos los seres humanos, independientemente de su situación social, económica, étnica, religiosa, etc. CLASIFICACIÓN Bien por su evolución histórica o por estar recogidos en dos convenciones internacionales distintas es por lo que se suelen clasificar los derechos individuales (o fundamentales

DEMOCRACIA CLÁSICA Y MODERNA

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DEMOCRACIA CLÁSICA Y MODERNA DEMOCRACIA  CLÁSICA La democracia clásica es la que se dio en la antigua Grecia más precisamente en Atenas en el siglo V AC. Esta era una democracia de tipo directa es decir no representativa pero quienes participaban en ella sólo eran los hombres libres, atenienses (es decir que estaban excluidos esclavos, extranjeros y mujeres). La democracia liberal es la que existe hoy en día y se inicia hacia el siglo XIX, se caracteriza por ser representativa, es decir indirecta, y por defender, en teoría,  las libertades individuales ( políticas, económicas, etc.). Va de la mano del capitalismo.   DEMOCRACIA MODERNA La democracia moderna se puede vertebrar bajo dos formas: democracia directa o de la identidad o bien democracia indirecta o de representación. La primera es la forma de gobierno en la que cada uno de los individuos toma las decisiones políticas, es decir, es el ejercicio directo del poder. Este sistema ya se ejercit