DERECHO FORMAL, DERECHO CONSUETUDINARIO

DERECHO FORMAL, DERECHO CONSUETUDINARIO

DERECHO FORMAL:

El derecho formal, es aquel que se encuentra consagrado en toda una serie de legislaciones que se encuentras vigentes y positivizadas para su cumplimiento, es decir que el derecho formal es aquel que se encuentra en las leyes, códigos y demás disposiciones jurídicas materiales que regulan la conducta del hombre en la sociedad y que pueden sancionarlo si comete alguna irregularidad (delito) ya que cuentan con diferentes procedimientos establecidos en los actos o hechos pasados de los que deriva la creación, modificación o extinción de normas jurídicas.





DERECHO CONSUETUDINARIO:


también llamado usos o costumbres, es una fuente del Derecho. Son normas jurídicas que no están establecidas en ninguna ley pero se cumple porque en el tiempo se ha hecho costumbre cumplirla; es decir, en el tiempo se ha hecho uso de esta costumbre que se desprende de hechos que se han producido repetidamente, en el tiempo, en un territorio concreto. Tiene fuerza y se recurre a él cuando no existe ley (o norma jurídica escrita) aplicable a un hecho. Conceptual mente es un término opuesto al de Derecho escrito.
También es considerado un sistema jurídico, como lo son el Derecho continental y el common law. Incluso en algunos países coexiste con ellos.





http://sumaqpillpintu.blogspot.com/2015/07/derecho-formal-y-derecho-consuetudinario.html




Comentarios

Entradas populares de este blog

LINEAS Y CIRCULOS IMAGINARIOS DE LA TIERRA

LA CIUDADANÍA EN LA EDAD MEDIA

ENFOQUE DE BUEN VIVIR, TIERRA Y TERRITORIO