LA CIUDADANÍA EN LA EDAD MODERNA

LA CIUDADANÍA EN LA EDAD MODERNA



A pesar de que el Renacimiento trata de rescatar, por lo menos parcialmente, la visión y el patrimonio filosófico-cultural grecolatino para aplicarlos sobre todo en las ciudades- estados italianas, lo cierto es que este período de tránsito sirve mucho más a la concentración del poder en manos del monarca y la superación de la atomización medieval mediante el nacimiento del Estado nacional, que a la recuperación de la ciudadanía como categoría político-participativa.

4.1. El Estado absoluto.

En los siglos posteriores al Renacimiento, la ciudadanía casi desapareció, aplastada por las teorías y burocracias del Estado centralizado. El modelo político dominante en Europa occidental será la monarquía absoluta. Y en la medida en que la noción de ciudadanía estaba asociada a la de autogobierno, no hay ya lugar para el concepto clásico de ciudadanía.

La modificación del sentido de la ciudadanía tiene que ver sobre todo con la consolidación del Estado territorial moderno, caracterizado no solo por su amplia extensión, lo que dificulta la participación de una ciudadanía activa, sino por la concentración de poder en manos del príncipe y el desarrollo consiguiente de la teoría de la soberanía. El ciudadano viene a equipararse con el súbdito. El súbdito debe obediencia total hacia su príncipe soberano, no hay igualdad ni participación política. El soberano solo debe protección para sus súbditos. Esto favorece la aparición de una sociedad civil (es el conjunto de las organizaciones e instituciones cívicas voluntarias y sociales que forman la base de una sociedad activa y que elige a sus representantes políticos. Tiene la soberanía que le otorga el poder popular) separada del ámbito político.

4.2. La ciudadanía incluyente.


Las bases de una nueva función político-incluyente de la ciudadanía se sientan con la aparición de las nociones filosófico-políticas de estado de naturaleza y de contrato social a partir de las cuales se construye la idea de Estado y se le dota de la finalidad de garantizar los derechos y libertades que de forma natural disfrutaban los individuos.

La ciudadanía va a desempeñar, sobre todo en el pensamiento revolucionario anglosajón francés, una función de virtud cívica que permite unir a los individuos a través del reconocimiento de unos derechos civiles y de participación política más allá del mero vínculo legal de sujeción que había generado la nacionalidad para el Estado absoluto. El ciudadano comienza a ser identificado con el individuo integrante de la nación o del pueblo, y para ello tiene que ser igual a los demás por lo menos en su titularidad y ejercicio de derechos.

Destacan varios autores que enlazan la idea de ciudadanía con la noción de contrato. Este nuevo concepto de ciudadanía del XVII se explica a partir de T. Hobbes. J Locke y J. Rousseau. Estos pensadores pertenecen a la corriente de la filosofíapolítica llamada contractualismo.

4.3. Las revoluciones burguesas.


Los estudiosos de la ciudadanía coinciden en afirmar que es en la época de las dos grandes revoluciones burguesas, y sobre todo con la francesa, cuando se asiste al renacer del concepto de una ciudadanía abierta, entendida bajo una triple dimensión:

• Ciudadanía legal. Recoge la igualdad abstracta ante la ley, frente a la ciudadanía donde se diferenciaba a sus miembros en función de los privilegios locales, corporativos y estamentales. Es la ciudadanía como estatus, que goza de igualdad en derechos ante el Estado. Esta remite a la idea de ciudadano como individuo.

• Ciudadanía política. Es la del ciudadano como sujeto político que participa en el gobierno de los asuntos públicos. Al depositar en el pueblo, no ya solo el origen de la soberanía, como hicieran las soberanías contractuales, sino el ejercicio de las mismas, las revoluciones francesa y americana recuperaron la ciudadanía como principio igualitario de pertenencia a una comunidad política y convirtieron al ciudadano en protagonista de la vida pública. Aquí la ciudadanía recupera su antiguo sentido de participación en el gobierno de la "res publica".

• Ciudadanía nacional-estatal. Según esta concepción, el ciudadano se presenta como miembro del Estado organizado como nación, y no a través de cuerpos intermedios. Se trata de la ciudadanía nacional. La nación sustituye al mosaico de relaciones personales entre los individuos y el soberano, y por tanto es un elemento decisivo para la traslación de la soberanía. La idea de nación hizo tomar conciencia a los habitantes de un determinado territorio estatal de una nueva forma de pertenencia compartida. Pero en cuanto nacional, la ciudadanía ha de ser excluyente.

Tras ambas revoluciones, el calificativo de ciudadano tiende a ser atribuido a todos los individuos adultos masculinos, Pero esta universalización tiene sus limitaciones. Las mujeres no iban a poder actuar en el espacio público en la nueva sociedad liberal. Sólo los varones podrán ser valorados positivamente como "hombres públicos" y el concepto de ciudadano no se podía ya entender como "persona perteneciente al cuerpo social" sino que su uso quedaba restringido a una acepción concreta, la referida a los "llamados a ejercer los derechos políticos", de tal manera que diversos colectivos sociales, como las mujeres, eran equiparadas a los menores de edad por su condición de "dependientes" y, por tanto, no podrían ser consideradas como ciudadanas.

4.4. La Revolución Francesa.


La revolución Francesa fue protagonizada por la burguesía. Los revolucionarios franceses inventaron en Europa la figura de ciudadano moderno y plantearon el horizonte de los derechos que se debían alcanzar para la obtención de una plena ciudadanía: los derechos civiles, los derechos políticos y los derechos sociales.

*Los derechos civiles. Incluyen la consideración de que todos los ciudadanos son iguales ante la ley.

*Los derechos políticos. Comprenden el derecho de voto y el de la participación de los individuos en la política. Se resalta el modelo participativo.

*Los derechos sociales. Implicaban una perspectiva de igualación en las condiciones materiales de la vida de todos los ciudadanos.

Frente al absolutismo, la Revolución de 1789 trajo consigo la construcción de la ciudadanía, en la medida en que el Estado concedió a los individuos que lo integraban el derecho al disfrute de las libertades fundamentales, reflejadas en un conjunto de reglas jurídicas y políticas que las garantizaban. La nueva ciudadanía respondía a un modelo global e igualitario que se operó a través de la apropiación colectiva de la soberanía real.

Además, la democracia se inscribe desde los comienzos de la Revolución como condición esencial de la realización de una sociedad en libertad. La ciudadanía consiste en ejercer la libertad en sociedad.

La "Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano" de 1789 representa un nuevo concepto de ciudadanía y de Estado. Los valores de la revolución- libertad, igualdad y fraternidad- justifican la existencia de un Estado-nación repensado sobre las bases de la fraternidad. Los derechos están pensados en y para los hombres y por ello aún no son universales.

La evolución de los derechos humanos concluirá con la "Declaración Universal de los Derechos Humanos" de 1948, en la época contemporánea, que será un punto de referencia obligado para una adecuada educación ciudadana y un referente ético. Esta declaración fue adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas.

Junto con esta declaración están los Pactos Internacionales de Derechos Humanos que son tratados internacionales que obligan a los Estados firmantes a cumplirlos.


https://www.acfilosofia.org/materialesmn/filosofia-y-ciudadania/filosofia-moral-y-politica-democracia-ciudadania/725-el-concepto-de-ciudadania-y-su-evolucion-historica






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